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| No existen viviendas ni ocupación real: habrían entregado títulos sin cumplir el requisito de posesión exigido por el Ministerio de Vivienda |
La Municipalidad Provincial de Barranca anunció con bombos y platillos la entrega de 30 títulos de propiedad a familias del centro poblado Santa Rosita , en el sector Taytalaines, distrito de Supe. Sin embargo, el proceso estaría rodeado de presuntas irregularidades , lo que ha generado cuestionamientos ciudadanos y la posible apertura de una investigación.
Según información recabada, la ceremonia de titulación no fue transmitida por los canales oficiales , hecho que llamó la atención de la población. Asimismo, el alcalde provincial no habría asistido , presuntamente tras detectarse observaciones en el procedimiento de formalización.
Uno de los puntos más graves señalados es que un local comunal de gran tamaño habría sido fraccionado y registrado como siete lotes , pese a que en dichos predios no existen viviendas ni ocupación real . Además, varios de los supuestos beneficiarios residirían en Lima y no pertenecerían a una población vulnerable, ya que entre ellos figurarían abogados, jueces, notarios y empresarios .
Cabe señalar que el centro poblado Santa Rosita cuenta con dos organizaciones , ambas en proceso de titulación: una tramitó ante la Municipalidad de Supe y la otra ante la Municipalidad de Barranca. No obstante, Supe logró inscribir primero la zona más extensa , excluyendo áreas que pertenecen a particulares. Ante esta situación, y al quedar OFOPRI fuera del proceso , se habrían tomado áreas privadas sin viviendas para formalizarlas , lo que habría generado observaciones sobre la legalidad del trámite.
El caso fue advertido por vecinos del sector, quienes alertaron sobre estas anomalías. Una propietaria de un lote en la zona confirma que el procedimiento no sería correcto , lo que refuerza las sospechas sobre una titulación presuntamente direccionada .
Finalmente, la normativa del Ministerio de Vivienda establece que la formalización de terrenos de propiedad del Estado solo procede cuando existe posesión efectiva, uso con multas de vivienda y delimitación física del predio (cercado) , además de estar dirigida a personas o familias en condición de vulnerabilidad. En ese sentido, no se pueden otorgar títulos de propiedad en terrenos donde no existe ocupación real ni viviendas construidas .
Ante estos hechos, se espera que las autoridades competentes investiguen a fondo el proceso y determinen responsabilidades , considerando que los recursos públicos debieron priorizar a centros poblados con familias de recursos escasos que realmente necesitan la formalización de sus viviendas . Este medio queda atento al descarga de las autoridades y funcionarios encargados.
Finalmente, se recuerda que la normativa vigente establece que los terrenos de propiedad del Estado solo pueden ser adjudicados a personas en condición de vulnerabilidad y con necesidad real de vivienda . Además, el posesionario debe ocupar y cercar el predio como manifestación de posesión efectiva , por lo que no se pueden otorgar títulos de propiedad en terrenos donde no existen viviendas ni ocupación real .
Ante estos hechos, se espera que las autoridades competentes investiguen a fondo el proceso y determinen responsabilidades , ya que los recursos públicos debieron destinarse a centros poblados con familias de recursos escasos que realmente necesitan la formalización de sus viviendas .


















